Preguntas frecuentes.
Infórmese
Queremos que nuestros clientes cuenten con toda la información que necesiten y sientan total confianza al trabajar con nosotros. Es por esto que hemos recopilado una breve lista de preguntas de nuestros clientes a las que nuestro equipo ha redactado respuestas. Revise la información y si tiene alguna duda que no haya sido resuelta, contáctenos hoy mismo.
¿Puedo demandar a una persona que vive fuera del Estado?
Sí, actualmente existen los mecanismos para realizar todo tipo de actuaciones sin inconveniente en que la otra parte viva o trabaje fuera del Estado o en otra ciudad, solicitando una serie de información extra, podremos ejercer una acción judicial.
¿En que otros problemas me pueden auxiliar?
Podemos interceder en asuntos mercantiles, como lo son, cobro de pagaré, cobranza extrajudicial, en asuntos fiscales como multas, requerimientos, en asuntos ante el INFONAVIT, IMSS, ISSSTE, SAT, en materia de amparo y muchas actuaciones más.
Por lo pronto estoy fuera del país ¿Puedo solicitar sus servicios?
Claro, nos puedes contactar vía mensaje o llamada a los números de contacto, o bien, podrás presionar o hacer clic en el icono circular (en móviles) de chat o en la barra de chat (en pc) visible en la parte inferior lado derecho de tu pantalla, nosotros personalmente responderemos a su asunto.
Me llego una notificación que estoy siendo demandado ¿Es importante que la conteste?
Sí, es trascendental contestar a una demanda formulada en su contra, las razones son en que, si no lo hace dentro del término estipulado, podría verse afectado, ya no podría contestar a lo que le demanden y perdería este Derecho, no hay que dejar pasar que una contestación de demanda es el primer medio de defensa.
¿Aún tiene dudas? Contacte a un miembro de nuestro equipo y nos comunicaremos en cuanto nos sea posible.
